TributarioSistema Integrado de Registros Electrónicos-RVIE

julio 20, 2023by Drl Asociados0

Entra en vigencia a partir del periodo julio, agosto, setiembre, octubre, el vencimiento según el cronograma de oblaciones mensuales.

DRL & ASOCOADOS te mantiene informado:

Características de RVIE

 

  • Genera una propuesta en base a los comprobantes de pago electrónicos.
  • Cuenta con el detalle de todas las operaciones.
  • Permite la conservación y almacenamiento del RVIE, el cual está a cargo de la Sunat.
  • Genera un código de anotación de registro.
  • Permite descargar el RVIE, efectuar ajustes o modificaciones al registro, detectar inconsistencias y tener acceso al reporte de casillas del formulario 621 y reporte de exportadores.
  • Obligaciones

Si llevas tu registro de ventas e ingresos en form

a electrónica quedas obligado gradualmente a llevar el RVIE, conforme a lo siguiente:

    • A partir del periodo julio 2023, si estás en el listado del anexo N° 7 de la RS 112-2021/SUNAT.
    • A partir de los períodos julio, agosto o setiembre de 2023, según corresponda, aquellos sujetos que, de conformidad con el artículo 4 de la Resolución de Superintendencia N.° 286-2009/SUNAT y el artículo 2 de la Resolución de Superintendencia N.° 379-2013/SUNAT, adquieran en esos períodos la obligación de llevar los mencionados registros en el SLE – PLE o el SLE – Portal.
    • Desde el período octubre de 2023, aquellos sujetos que, al 30 de setiembre de 2023, se encuentren obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras, y no estén comprendidos en los incisos anteriores.

 

 

Consideraciones para el RVIE
  •  
    • El registro de ventas e ingresos llevado en forma manual o en hojas sueltas o continuas deben cerrarse previa anotación hasta el periodo anterior a aquel en que se adquiere la obligación de llevar el RVIE.
    • En los sistemas SLE – PLE o SLE – PORTAL, se deberá realizar el cierre respectivo, considerando que sin esta anotación el módulo no permitirá la generación del RVIE.
    • El RVIE se genera a partir del periodo en que este obligado a llevarlo.
    • El plazo máximo de atraso es en base al cronograma indicado por Sunat.
    • En el caso que en un mes no realices operaciones, debes enviar un archivo plano (.txt) sin información, para indicar que no hubo movimiento.
    • El registro es en moneda nacional y en castellano, salvo las excepciones establecidas por el Código Tributario.
  • Referencia: Sunat
  • Manual de SIRE:https://cpe.sunat.gob.pe/sites/default/files/inline-files/Manual%20de%20servicios%20Web%20Api%20-%20SIRE_Ventas%20v6.pdf

 

 

 

 

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *

NUESTRAS OFICINASContáctanos
Jirón los Incas Lte. 8 Mz E8 Urb. Las Praderas de San Antonio - Carabayllo
Av. la Paz 434, Miraflores, Lima
SÍGUENOS ENNuestras Redes Sociales
AVANTAGEHeadquarters
Organically grow the holistic world view of disruptive innovation via empowerment.
OUR LOCATIONSWhere to find us?
https://drlasociados.com.pe/wp-content/uploads/2019/04/img-footer-map.png
GET IN TOUCHAvantage Social links
Taking seamless key performance indicators offline to maximise the long tail.